ATLAS DE RIESGO, PROTECCIÓN CIVIL MUNICIPAL

Definición:
Es una herramienta fundamental para la Protección Civil que combina bases de datos, sistemas de información geográfica (SIG) y capas temáticas para visualizar y gestionar amenazas como inundaciones.
Integra mapas y datos sobre peligros naturales (sismos, inundaciones, volcanes) y vulnerabilidades de una comunidad para identificar zonas de riesgo y permitir una mejor planeación y toma de decisiones en prevención de desastres, simulando escenarios y orientando medidas de mitigación.
Marco Legal:
1. Nivel Estatal (Estado de México)
En el Estado de México, la base legal principal es el Código Administrativo del Estado de México.
Libro Sexto (De la Protección Civil):
Artículo 6.13, Fracción IV: Establece que los Ayuntamientos tienen la atribución de "integrar y actualizar el Atlas Municipal de Riesgos", conforme a los criterios que emita la Coordinación Estatal.
Artículo 6.14: Menciona que cada municipio debe contar con un Programa Municipal de Protección Civil, el cual tiene como base diagnóstica el Atlas de Riesgos.
2. Nivel Nacional (Federal)
A nivel federal, la norma que rige a todo el país es la Ley General de Protección Civil.
Artículo 28: Estipula que los estados y los Municipios deberán elaborar y actualizar su respectivo Atlas de Riesgos.
Artículo 86: Refuerza que para la construcción de infraestructura y los asentamientos humanos, las autoridades deben considerar los Atlas de Riesgos. No contar con ellos o no actualizarlos puede derivar en responsabilidades administrativas.
Consulta el atlas dando clic en la imagen:
Contacto:
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- Teléfonos: 4272660274 o 4272843405
