Está en aprobación los lineamientos para la elaboración de Estudios de Impacto Regulatorio Municipales, por lo que de conformidad con el artículo 40 párrafo segundo del Reglamento del Mejora Regulatoria Municipal que a la letra dice:
Artículo 40.-
“…
Si las disposiciones de carácter general cuya creación, reforma o eliminación se propone, no generan cargas administrativas ni costos adicionales, ni tienen un impacto negativo en el sector económico del Municipio, los Ayuntamientos podrán omitir la presentación del Estudio, debiendo manifestarlo en el Proyecto de regulación respectivo. La Comisión Municipal asentará esta razón en el dictamen, después de constatar el hecho…”